Convocatoria de Bertha Lujan, contravienen estatutos de Morena

Respecto al Congreso Nacional Extraordinario al que convoca Bertha Luján Uranga y diversos Consejos Estatales para el 26 de enero de este año, es importante informar y tomar en cuenta lo siguiente:

  1. La convocatoria que haga o publique Bertha Luján Uranga y los Consejos Estatales será sin duda alguna anti estatutaria: ni la mayoría de los consejeros ni los Consejos Estatales están facultados para expedir convocatoria alguna. De acuerdo al artículo 34 del Estatuto y otros, toda convocatoria debe estar expedida por el Comité Ejecutivo Nacional. Por lo tanto, de llevarse a cabo ese evento, en su momento puede ser impugnado y declararse ilegal por el TEPJF.
  2. La supuesta convocatoria que más de un tercio de los Consejos Estatales promueven, seguramente lo hacen porque no acudieron más de 3 mil personas al Consejo Nacional “ampliado” realizado el 30 de noviembre de 2018, no reunieron el quórum ni la mitad más uno de los consejeros nacionales efectivos para solicitarla.
  3. Como prueba de ello, ya circula en redes una convocatoria para un Congreso nacional a realizarse en el deportivo Plan Sexenal, que no señala orden del día y sin autoridad partidista que la firme.
  4. De esta manera, la eventual convocatoria que ya difunde Bertha Luján Uranga y cuyo orden del día se “aprobó” -según eso en el Consejo Nacional “ampliado”-, contiene puntos que no son competencia de un Congreso Nacional, como lo es elegir a nuevos (quince) integrantes de la Comisión Nacional de Elecciones; por lo que este punto se puede invalidar y empantanar aún más el proceso interno.
  5. De igual manera, la pretensión de nombrar una “dirección provisional nacional” resulta anti estatutaria. Así, cualquier intención de remover, destituir o sustituir a Yeidckol Polevnsky de su cargo puede resultar infructuosa en razón del procedimiento, ya que el tribunal electoral puede reinstalarla por vicios del procedimiento alargando innecesariamente el proceso.

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