Una vez más por Redacción · Publicada 15 agosto, 2022 · Actualizado 15 agosto, 2022 Una y otra vez hemos levantado la voz, para señalar el incremento de las violencias queviven las mujeres. Una y otra vez se han impulsado una serie de mecanismos legales para presionar en suatención. Una y otra vez hemos hecho visible que una de las tantas violencias a la que seenfrentan muchas mujeres ante la ausencia del padre, es la pensión alimenticia para sushijos e hijas, a pesar de que es un derecho constitucional de niños, niñas y adolescentes. De ahí que se han implementado desde la normativa una serie de acciones legales que seencaminen a garantizar ese derecho que desde el punto de vista legal se refiere a lacomida, vestido, techo, educación, asistencia médica; es decir todo lo necesario eindispensable para el desarrollo de los menores. En todos los casos, cuando las personas deudoras alimentarias no cumplen o dejan decumplir su obligación alimentaria violan lo establecido en la Constitución Política deMéxico, la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes y la Convenciónsobre los Derechos del Niño que señalan el principio jurídico que debe anteponerse: elinterés superior de la infancia. Esta normativa y los tratados internacionales que México ha suscrito, al ser un principiorector obliga a los gobiernos, sector privado y poderes legislativo y judicial a hacerefectivo plenamente este derecho, en todos los casos. De ahí que al documentarse en procesos electorales que personas postuladas comocandidatas de diversos partidos políticos, eran y siguen siendo deudores alimentarios, queejercían violencia política y violencia sexual contra mujeres, la sociedad civil organizadaespecíficamente Las Constituyentes MX impulsa en 2020 lo que conocimos como la “3 de3 contra la violencia” que incluyó estos tipos de violencia y hasta elaborar un Padrón dedeudores alimentarios. En 2021 y 2022 el INE y el Tribunal Electoral la hicieron suya y convocaron a los partidos ano postular candidatos con denuncias y sentencias violencia familiar y delitos sexuales,violencia política, y deudas de pensión alimenticia o morosos. Hace unos días la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) en el colmo de lacontradicción ha decidido controvertir una reforma legal del Congreso de Yucatán,mediante una acción de inconstitucionalidad que le fue turnada al ministro Alberto PérezDayán, que determinó que para ser funcionario público aquellas personas que seandeudores alimentarios deben acreditar el cumplimiento de la pensión alimenticia;aduciendo que es violatorio de derechos humanos incluir a deudores alimentarios. Escribía Lucía Melgar, “en un país que elevó en 200 por ciento las demandas demanutención y los divorcios del confinamiento parieron en 70 por ciento los casos depadres desobligados” la acción presentada por la Señora Rosario Piedra, Presidenta de laCNDH desconoce que sólo el 10 por ciento de las infancias obtiene una sentencia y “queel 90 por ciento de deudores alimentarios, nunca reciben una sentencia” (Excélsior,13/08/2022). De manera que en el razonamiento jurídico de la CNDH el derecho a alimentos de niños,niñas y adolescentes puede ser sacrificable, aun cuando la ley, los tratados internacionalesobliga a los gobiernos, sector privado y poderes legislativo y judicial a hacer efectivoplenamente este derecho en todos los casos. La normativa general señala como requisito para ocupar un cargo el modo honesto devivir, sostiene la Dra. Patricia Olamendi -razonamiento al que me sumo- “no puede habermodo honesto de vivir en aquel que es incapaz de ejercerlo con su familia”. Muchos esfuerzos se han realizado para dar progresividad a los derechos, desde cada unade nuestras trincheras muchas lo hemos impulsado. En Puebla las “3 de 3 contra laviolencia” fue aprobada en la LX Legislatura. En el Código de Instituciones y ProcesosElectorales del Estado de Puebla se incluye en el Artículo 15 fracción VI, Incisos a)Violencia Política contra las mujeres en razón de género o delito equivalente; b) Violenciafamiliar; y c) Incumplimiento de la Obligación Alimentaria. Por ello sostenemos que las personas que sean deudores alimentarios y deseen sercandidatos o servidores deben demostrar que pagan la pensión alimenticia. Qué lamentable que sea la presidenta de la CNDH, una mujer que debiera ser sensible alos derechos humanos, quien no reconozca que debemos anteponer en todo caso,salvaguardar el interés superior de la niñez y garantizar el ejercicio del derecho aalimentos. Conoce más: https://poderdelanoticia.com/la-confianza-se-gana/ 👩💼 En coloboración con: Rocío García Olmedo 👩💼📝 Una vez más 📝@trielecpue @INEMexico @CNDH #Entérate 👉https://t.co/ZQNDAL8k5I@rgolmedo pic.twitter.com/fYmWcE9m1a— Poder Noticia (@PoderNoticiaPue) August 15, 2022 Comparte esto:FacebookTwitterMásPinterestWhatsAppMe gusta esto:Me gusta Cargando...
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